A los montecristeños nos metieron los dedos en los dos ojos.
El Decreto 443-00 del año 2000 creó la Dirección General de Desarrollo Fronterizo (DGDF), como una dependencia del Gabinete de Coordinación de Políticas Sociales ¿Por qué se creó esa institución? Se creó porque la frontera está emigrando a las grandes ciudades la capital, Santiago, puerto plata e higüey, en fin, los pueblos de la franja fronteriza se estaban quedando vacío, por un lado la población adulta estaba muriendo y jóvenes los que estudiaban en las universidades se quedaban terminado o no la carrera, esa juventud de un perfil bajo económico han ido creando grandes cordones de miseria en estas provincia que indicamos arriba, es decir, no retornaban de nuevo a su pueblo de origen, y esto por la pobreza, la falta de oportunidades, ausencia de capacitación, la baja calidad de vida, todas estas variables de crisis multidimensional, es conocido por el índice de variable de pobreza de Oxford, esa fue la razón porque se crea la dirección de desarrollo fronterizo, que en el año 2000 usted veía en cualquiera de las oficinas 5 buldócer, 10 gredal, 20 camiones, 15 palas mecánicas, tractores para arar los predios y los programas de asistencias agrícolas de manera coordinada, fue una verdadera coordinadora de políticas sociales en la línea fronteriza.
Luego vino una respuesta a la coordinación de esas políticas sociales y surgió la ley 28-01 del año 2001 que crea el “consejo de la zona especial fronteriza” esa ley trae una innovación que los Montecristeños le hemos prestado poca atención, ni tampoco le sacamos provecho, cuando dispone en su artículo 2.- cuáles empresas se pueden beneficiar de esta ley, dice: Las empresas industriales, agroindustriales, agropecuarias, metalúrgicas, zona franca, turísticas, metalúrgicas y energéticas, y de todo tipo de empresas permitidas por las leyes dominicanas, que existen a la fecha de promulgación de la presente ley, y las que se instalen en el futuro dentro de los límites de cualquiera de las provincias señaladas en el artículo uno (1) de esta ley, disfrutarán de las facilidades y exenciones que se indican en el párrafo siguiente: Párrafo de.- Las empresas industriales, agroindustriales, agropecuarias, metalmecánica, de zonas francas, turísticas, metalúrgicas y energéticas, y de todo tipo de empresas permitidas por las leyes dominicanas establecidas y que se establezcan en el futuro, que operen dentro de los límites de las provincias de Pedernales, Independencia, E.P., Dajabón, Montecristi, S.R. y Bahoruco, disfrutarán de una exención de un cien por ciento (100%) del pago de impuestos internos, de aranceles aduaneros sobre materias primas, equipos y maquinarias, así como cualquier tipo de impuesto, durante un período de veinte (20) años. Se les otorga, además, un cincuenta por ciento (50%) en el pago de libertad de tránsito y uso de puertos y aeropuertos.
En mi análisis anterior, el Ingeniero Tabaré Peña comentó en la dirección siguiente: que el consejo especial había tenido dos directores de Montecristi, cosa que yo corroboro porque es verdad, y no tuvieron esos ciudadanos hijos nuestros la impronta, ni el interés de aprovechar ese espacio o escenario tan limitado en el tiempo, porque son cargos pasajeros y debido a su importancia e investidura procurar el desarrollo de Montecristi como V polo turístico ampliando de noroeste, pero eso no es nada, este pueblo tuvo como director de Frontera en el cargo más importante del consejo de desarrollo fronterizo desde el 2012 hasta 2020 al señor Miguel Alejandro Bejarán, que por ser Director de desarrollo fronterizo, su investidura le daba la categoría de presidente de dicho consejo de la zona especial fronteriza, más los tres legisladores vigente hasta el momento eran parte también, y por conflictos personales entre todos, porque eran adversarios entre sí, no pudieron hacer uso de artículo 2 de la ley 28-01 que manda un beneficio directo para las empresas turísticas que se asienten en cualquiera de esta provincia, y más la provincia de Montecristi que es la única declarada V polo Turístico de todas las provincias que la Ley 28-01 ampara.
Perdimos una oportunidad de oro, nosotros nos volvimos nada, nosotros mismos nos quejamos sin excusas, nosotros mismos hemos cavado nuestro propio sepulcro, nosotros mismos nos hemos dormido en los laureles, nosotros mismos no hemos sabido nunca que queremos, nosotros mismos los que hablamos de los piensan un chin para no darle paso, en fin, nosotros mismos, somos nosotros mismo carajo.
