APLAZAMIENTOS DE AUDIENCIA DE COERCIÓN VIOLA DERECHO A SER OÍDO POR UN JUEZ.

La Corte IDH ha reiterado que el arrestado debe ser llevado inmediatamente delante de un juez para que este verifique los derechos y el debido proceso del arrestado.
La constitución impone que todo imputado arrestado debe ser llevado en un plazo de 48 horas ante un juez y obtener una decisión en ese mismo plazo.
Depositar la medida de coerción no es llevar el arrestado ante un juez ha dicho la corte IDH.
Si no se conoce la verificación del debido proceso o su caso, el juez debe ponerlo en libertad aunque continúe el procedimiento.
Ya lo dijo la Corte IDH: 68. Por todo lo expuesto, la Corte encuentra que el señor Bayarri no fue presentado sin demora ante un juez competente con posterioridad a su detención y que éste no ejerció un efectivo control judicial de la detención practicada, vulnerándose así el artículo 7.1, 7.2 y 7.5 de la Convención. Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso Bayarri vs. Argentina Sentencia de 30 de octubre de 2008.
jg