FUNCIONARIO QUE VENDIÓ Y QUIEN COMPRÓ EMPLEO COMETIERON DELITO DE COHECHO Y SOBORNO.
La venta o negociación de nombramientos en el Ministerio de Salud Pública es considerado por el código penal como delito de cohecho o soborno.
El cohecho se describe como el hecho en cual un funcionario, por dádivas o promesa, realice un acto que no está sujeto a ningún pago o salario. La sanción por cohecho es de degradación cívica, es decir, restricciones de ciertos derechos civiles y políticos. Pena del duplo de las dádivas y prisión que no supere los 5 años.
El código penal establece que quien pagó, dio dádivas o soborno al funcionario para obtener el empleo es autor del delito de soborno o cohecho y hay que perseguirlo penalmente también.
El procedimiento legal y correcto es suspenderlos, imputarles la falta disciplinaria correspondiente, juzgarlos, y si hay mérito, se desvinculan a compradores y vendedores de empleos. Luego se someten penalmente por delito de cohecho y soborno a quienes compraron y vendieron puestos o empleos en el Ministerio de Salud Pública.
La consecuencia legal, no es sólo para el funcionario que vendía los empleos, es también para los compradores. Estos últimos debieron denunciar el hecho y no pagar para no haber violado la ley penal.
Arts. 177 y 179 código penal
Jg
