Reacción de la Superintendencia de Bancos a sentencia de la SCJ sobre débito de valores de cuentas
La Superintendencia de Bancos indicó la noche de este lunes que la sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia sobre un caso que abordó el tema de la obligatoriedad de las entidades de intermediación financieras de no poder debitar valores de los tarjetahabientes sin la debida autorización de éstos, deben distinguirse de los escenarios en los que contractualmente se ha estipulado esa posibilidad.
Explicó que circunstancias de esta naturaleza deben distinguirse de los escenarios en los que contractualmente se ha estipulado la posibilidad de que las entidades de intermediación financiera realicen débitos para solventar obligaciones de pago de los usuarios frente a la entidad. “Ejemplos muy comunes son las cláusulas en este sentido establecidas en los contratos de préstamos, de tarjetas de crédito y otros productos financieros”, dijo la entidad en una nota de prensa.
Agregó que en caso de que una entidad no observe estos criterios y realice retiros de fondos sin la autorización del titular de la cuenta, es decir, en ausencia de una autorización contractual previa, el usuario tiene el derecho a interponer una reclamación y exigir la devolución de los fondos retirados.Agrega que si la entidad no responde satisfactoriamente, el usuario debe elevar su reclamo a la Superintendencia de Bancos a través de ProUsuario.
