SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DEBERÁ ESCOGER DEFENSOR DEL PUEBLO

 

Ya no le corresponde a la Cámara de Diputados la escogencia de las ternas de los candidatos para Defensor del Pueblo. Esta tarea es competencia del pleno de la SCJ.

La Constitución establece, que si la Cámara de Diputados, no presenta las ternas al senado, le corresponderá hacerlo la SCJ.

Una vez presentada las ternas por la SCJ al senado, este órgano debe escoger al Defensor del Pueblo –DP- en un plazo de 30 días, en caso de que el senado no escoja al DP, lo tendrá que hacer la Suprema Corte de Justicia –SCJ-.

El Defensor del Pueblo y sus Adjuntos tienen un periodo de 6 años. Los actuales tienen más de 6 años.

La Cámara de Diputados dejo pasar su tiempo. Ya no le corresponde presentar las ternas.

Art. 192 constitucional.

jg