JUEZA NO TIENE COMPETENCIA PARA DAR ORDEN DE REGISTRO A CÁMARA DE CUENTA. FUE PARCIALIZADA.

La jueza de la SCJ a cargo de controlar la investigación a los miembros de la Cámara de Cuentas no tiene autorización para dar orden de allanamiento a la Cámara de Cuentas ni a ninguna institución estatal.

La normativa procesal autoriza al Ministerio Público a realizar registro a las instituciones sin orden judicial para registrar a las instituciones de carácter público.

La jueza debió rechazar la petición del MP.

La jueza al otorgar esa orden de registro demuestra que fue parcializada y la misma se descalifica para continuar como juez de control. Ella compromete su independencia y su imparcialidad al otorgar un allanamiento sin tener la competencia legal procesal penal.

Los artículos 184 y 285 del cpp son muy claros y precisos. Estos artículos autorizan al ministerio público a pedir cualquier información a las instituciones y si no la dan en el plazo establecido por el MP, estos pueden acudir con policías a buscarla.

Mientras que el 184 ordena a los funcionarios del MP a realizar registros a locales públicos sin la intervención de un juez.

La jueza no legalizó nada, pero le dio fuerza al mp con esa actuación fuera de la ley.

Arts. 184 y 185 del cpp

jg